Esta página contiene enlaces de afiliado de Amazon. Como Afiliado de Amazon, Movilidad Urbana obtiene ingresos por las compras que cumplen los requisitos aplicables. No pagas más por comprar a través de ellos.
Seguro obligatorio VMP 2026
La Ley 5/2025, de 24 de julio, modificó la Ley sobre Responsabilidad Civil y Seguro en la Circulación de Vehículos a Motor para extender la obligación de seguro a los Vehículos de Movilidad Personal (VMP). La obligación entró en vigor el 2 de enero de 2026.
Qué cubre: una póliza de responsabilidad civil que cubre los daños personales y materiales que el conductor del VMP cause a terceros (peatones, otros vehículos, mobiliario urbano). No cubre daños propios ni robo salvo ampliación expresa.
Requisito previo: para contratar el seguro, el VMP debe estar inscrito en el Registro de Vehículos Personales Ligeros de la DGT (ver sección siguiente). Sin registro, no hay seguro válido.
Coste aproximado: entre 25 € y 60 € anuales, según cobertura.
Sanciones por no tener seguro: dependen de cómo se clasifique el VMP según su peso y su velocidad máxima.
- Entre 202 € y 610 € por carecer de seguro, si el VMP se considera «vehículo personal ligero»: pesa menos de 25 kg y alcanza hasta 25 km/h, o pesa más de 25 kg y alcanza hasta 14 km/h.
- Entre 250 € y 800 € por circular sin seguro, si el VMP se asimila a un vehículo a motor, lo que solo ocurre cuando supera ambos límites a la vez: más de 25 kg y más de 14 km/h.
Estos dos tramos aplican a dispositivos que cumplen la definición legal de VMP (velocidad máxima de fabricación de hasta 25 km/h, según el RD 970/2020 y el Manual de Características de la DGT). Un dispositivo que supere los 25 km/h por diseño no se considera legalmente un VMP, quedaría fuera de ambos tramos, y necesitaría homologarse como otra categoría de vehículo (normalmente ciclomotor), sujeta al régimen general de seguro obligatorio de vehículos a motor.
Homologación DGT
Desde 2024, los VMP deben contar con un certificado de circulación que acredite que cumplen los requisitos técnicos del Manual de Características de los VMP de la DGT (conforme al Real Decreto 970/2020). Este certificado es el que después permite la inscripción en el registro y la contratación del seguro.
Registro de Vehículos Personales Ligeros: creado por el Real Decreto 52/2026, de 28 de enero (publicado en el BOE el 30 de enero de 2026), como sección específica dentro del Registro Nacional de Vehículos de la DGT.
- VMP con certificado de circulación (obligatorio para los comprados desde 2024): inscripción más sencilla, con datos del titular y pago de una tasa (aprox. 8,67 €).
- VMP sin certificado (comprados antes de 2024): pueden seguir circulando en régimen transitorio hasta enero de 2027, pero también deben registrarse y asegurarse.
Cómo comprobar si tu modelo está homologado: consulta el listado de modelos certificados en la sede electrónica de la DGT (sede.dgt.gob.es) antes de comprar, o pide al vendedor el certificado de circulación del modelo.
Qué es un VMP legal
El Real Decreto 518/2026, de 24 de junio, reformó el Reglamento General de Circulación con una serie de obligaciones unificadas para todo el territorio nacional, en vigor desde el 1 de octubre de 2026:
- Edad mínima: 15 años. Antes cada ayuntamiento fijaba su propio límite (algunos lo tenían en 16); ahora es un mínimo único en toda España.
- Casco obligatorio para todos los usuarios, sin excepciones por edad ni tipo de vía.
- Elemento luminoso o reflectante obligatorio de noche o cuando la visibilidad esté reducida (chaleco reflectante, por ejemplo), visible a una distancia mínima de 150 metros.
- Dónde no se puede circular: aceras, zonas peatonales, autopistas, autovías y vías interurbanas en general.
- Velocidad máxima: 25 km/h.
- Multa por incumplir cualquiera de estos puntos: 200 € (100 € con pronto pago).
Una novedad pendiente: el alumbrado obligatorio en el propio VMP (luces delanteras y traseras) se aplaza hasta el1 de octubre de 2027.
En resumen, para que un patinete o VMP sea legal en España a día de hoy necesita: certificado de circulación/homologación DGT + inscripción en el Registro de Vehículos Personales Ligeros + seguro de responsabilidad civil + (desde el 1 de octubre de 2026) conductor de 15 años o más, con casco.
Fuentes oficiales
- Ley 5/2025, de 24 de julio (BOE)
- Real Decreto 52/2026, de 28 de enero, Registro de Vehículos Personales Ligeros (BOE, 30 de enero de 2026)
- Real Decreto 518/2026, de 24 de junio, reforma del Reglamento General de Circulación
- Real Decreto 970/2020 (certificado de circulación y Manual de Características de los VMP)
- Sede electrónica DGT: sede.dgt.gob.es